SISTEMAS INFORMÁTICOS DE FACTURACIÓN · RD 1007/2023
Adaptación del SIF antes del 1 de enero o del 1 de julio de 2027, según el contribuyente

Conoce qué exige el reglamento.
Y cómo se aplica a tu sistema.

El Reglamento de sistemas informáticos de facturación exige registros íntegros, trazables e inalterables. VERI*FACTU es la modalidad que remite todos esos registros a la AEAT de forma continua y automática.

✗ Facturas que se pueden alterar después de emitidas
✗ Dudas sobre cuándo se remiten los registros a la AEAT
✗ Dudas sobre la conformidad del sistema utilizado
✓ Prueba gratuita de 15 días ✓ Sin necesidad de tarjeta de crédito
¿Qué exige la ley?
RD 1007/2023 · RDL 15/2025
100%
Trazabilidad
0
Facturas manipulables
Modalidad VERI*FACTU
Remisión continua de registros
Calendario de adaptación
Plazos de adaptación de los sistemas incluidos
Enero 2027
Contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades incluidos
Julio 2027
Resto de obligados del artículo 3.1
EL SISTEMA, EN CLARO

¿Qué es Verifactu?

VERI*FACTU es la modalidad de los sistemas informáticos de facturación que remite a la AEAT, de forma continua y automática, todos los registros generados. El reglamento también permite sistemas que no realizan esa remisión continua, pero ambos deben cumplir los requisitos de integridad, conservación, trazabilidad e inalterabilidad.

¿A quién aplica?

A los obligados del artículo 3.1 del Real Decreto 1007/2023 que utilicen sistemas informáticos de facturación. Entre las exclusiones están quienes llevan sus libros registro mediante el SII, conforme al artículo 3.3, y determinadas operaciones previstas por el reglamento.

¿Cuándo entra en vigor?

Antes del 1 de enero de 2027 para los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades incluidos en el artículo 3.1.a; antes del 1 de julio de 2027 para el resto de obligados del artículo 3.1.

¿Qué exige?

Que el sistema genere y conserve registros íntegros, trazables e inalterables y tenga capacidad de remitirlos. La remisión continua de todos los registros se produce cuando se utiliza la modalidad VERI*FACTU.

Conoce una forma práctica de gestionar tu facturación.

A QUIÉN AFECTA

¿A quién afecta Verifactu?

El reglamento se aplica a los obligados de su artículo 3.1 que utilizan sistemas informáticos de facturación, con las exclusiones subjetivas y objetivas previstas en la norma.

SÍ te afecta

  • ✓ Autónomos y empresas que emiten facturas en territorio español
  • ✓ Profesionales que facturan tanto a empresas como a particulares (B2B y B2C)
  • ✓ Comercios y negocios que usan caja registradora o TPV
  • ✓ Gestorías que emiten facturas en nombre de sus clientes

NO te afecta (por ahora)

  • ✗ Contribuyentes que llevan sus libros registro mediante el SII, en los términos del artículo 3.3 del reglamento
  • ✗ Operaciones expresamente excluidas por el artículo 4 del reglamento
  • ✗ Supuestos para los que la AEAT haya autorizado la no aplicación conforme al artículo 5

Comprueba qué sistema utilizas y qué obligaciones se aplican a tu actividad.

PASO A PASO

¿Cómo funciona Verifactu?

Cuatro pasos que ocurren automáticamente cada vez que emites una factura, sin que tengas que hacer nada extra.

1
Generas la factura

Creas tu factura como siempre, desde tu software de facturación habitual, sin cambiar tu forma de trabajar.

2
Se genera un registro encadenado

Cada factura queda enlazada mediante un hash a la anterior, de forma que cualquier alteración posterior deja rastro y es detectable.

3
Se remite el registro a la AEAT

En la modalidad VERI*FACTU, el registro se remite automáticamente a la AEAT al generar la factura.

4
Tu factura incluye un código QR

Cualquiera puede verificar su validez escaneando el código, lo que da más confianza a tus clientes.

Todo esto pasa solo, sin que tengas que tocar nada, con YoFacturo.

FECHAS OFICIALES

Calendario de adaptación de los SIF

Estos son los plazos de adaptación del SIF tras la modificación del Real Decreto 1007/2023 por el Real Decreto-ley 15/2025.

Antes del 1 de enero de 2027
Contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades

Los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades incluidos en el artículo 3.1.a deben tener adaptados sus sistemas antes de esta fecha.

Antes del 1 de julio de 2027
Resto de obligados del reglamento

El resto de obligados incluidos en el artículo 3.1 debe tener operativos sus sistemas antes de esta fecha.

Comprueba qué plazo corresponde al grupo de contribuyentes y al sistema que utilizas.

OJO, NO CONFUNDIR

¿Verifactu es lo mismo que la factura electrónica?

No. Son dos obligaciones distintas, con calendarios diferentes, que conviene no confundir.

Afecta a tu software de facturación
Verifactu

El Reglamento de sistemas informáticos de facturación exige registros íntegros, trazables e inalterables. La remisión continua de todos los registros a la AEAT corresponde a la modalidad VERI*FACTU.

Afecta a cómo envías y recibes facturas
Factura Electrónica B2B

Es la obligación de expedir, remitir y recibir facturas electrónicas entre empresas y profesionales. El desarrollo reglamentario concretará sus requisitos técnicos.

Descubre todo sobre la factura electrónica obligatoria →
CON YOFACTURO

Gestiona tu facturación con YoFacturo

YoFacturo te ayuda a gestionar la facturación y la remisión de registros en la modalidad VERI*FACTU.

Remisión en modalidad VERI*FACTU

En la modalidad VERI*FACTU, el sistema remite automáticamente los registros de facturación a la AEAT.

Registro protegido

El encadenado y el hash se generan solos. Modificar una factura ya emitida queda bloqueado técnicamente.

Trazabilidad total

Consulta el estado de cada factura (enviada, aceptada) desde tu panel, en cualquier momento y también tu gestor.

Siempre al día

Si la normativa cambia, tu sistema se actualiza automáticamente. Tú no tienes que estar pendiente.

Conoce cómo funciona la facturación de YoFacturo y el envío de registros.

OPINIONES REALES

Autónomos y pymes que ya facturan tranquilos

Es una herramienta totalmente conforme con las normativas (Verifactu, etc.). Me agiliza el trabajo y me da tranquilidad legal. Fácil de usar y cumple con la legalidad con profesionalidad.

Xavier Serra
CEO, Dream Fontanilles

Como fisioterapeuta, paso el día entre pacientes y apenas tengo tiempo para el papeleo. Con YoFacturo puedo emitir y enviar facturas en minutos, sin complicaciones. Es rápido, intuitivo y me ahorra horas cada semana.

Nuria Carrasco
Fisioterapeuta, Nuria Fisio en Casa
DUDAS FRECUENTES

Preguntas frecuentes sobre Verifactu

Las dudas que más nos repiten autónomos y pymes antes de dar el paso.

¿Verifactu ya es obligatorio?

Los sistemas informáticos de facturación incluidos en el reglamento deben estar adaptados antes del 1 de enero de 2027 para los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades del artículo 3.1.a y antes del 1 de julio de 2027 para el resto de obligados del artículo 3.1. VERI*FACTU es la modalidad que remite todos los registros a la AEAT.

¿Qué pasa si no cumplo con Verifactu?

No hay una multa única por incumplir VERI*FACTU. El artículo 201 bis de la Ley General Tributaria prevé, para conductas determinadas, 1.000 euros por cada sistema comercializado sin el certificado exigido; hasta 150.000 euros por ejercicio y tipo de sistema en ciertas infracciones de fabricantes, productores o comercializadores; y 50.000 euros por ejercicio por la tenencia de sistemas que deban estar certificados y no lo estén, o de dispositivos certificados alterados. La conducta, el responsable y la unidad de cálculo determinan la sanción aplicable.

¿Necesito un certificado digital para usar Verifactu?

Depende de quién realice la remisión y del mecanismo de identificación electrónica utilizado. Si un proveedor gestiona el envío como tercero, consulta qué certificado y autorización aplica. La declaración responsable del productor acredita otra cuestión: la conformidad del sistema por versión.

¿Puedo seguir facturando en papel o con una plantilla de Excel?

El reglamento se aplica a los obligados de su artículo 3.1 cuando utilizan sistemas informáticos de facturación. Si utilizas un sistema informático incluido, debe cumplir los requisitos del reglamento; la remisión continua de registros corresponde a la modalidad VERI*FACTU.

¿Verifactu sustituye al SII?

No. Quienes llevan sus libros registro mediante el SII en los términos del artículo 62.6 del Reglamento del IVA quedan fuera del ámbito del Real Decreto 1007/2023 conforme a su artículo 3.3. Esta exclusión del reglamento SIF no se traslada automáticamente a la factura electrónica B2B.

¿Y si ya tengo gestoría?

Mejor. Con YoFacturo puedes invitar a tu gestor para que acceda en tiempo real a tus facturas y a su estado ante Hacienda, sin tener que enviarle nada manualmente.

¿Sigues con dudas? Pruébalo tú mismo, es gratis.

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Oliver Valls

Contenido revisado por Oliver Valls · Última revisión: 3 de octubre de 2026

Información general basada en fuentes oficiales. La aplicación de la normativa depende de las circunstancias de cada negocio.